domingo, 7 de abril de 2019

EQUIPO CELESTE FASE 1


  EQUIPO CELESTE

                             ¿QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO?

Resultado de imagen para derecho internacional publicoEl derecho internacional público se encarga de estudiar y establecer normas para regular la acción de Estados  y organismos internacionales, con el propósito de favorecer la cooperación y la negociación, como garantías para la paz. Se trata así de una rama del derecho que brinda ordenamiento jurídico a la comunidad internacional.
Se distingue del derecho internacional privado porque este  solo media las relaciones de empresas y asociaciones privadas al nivel internacional con propósitos particulares. El derecho internacional público, tal como su nombre lo indica, se restringe a aquellos asuntos de interés público en la comunidad internacional.



                                           

       ¿ QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO?

Sus características son las siguientes:
  • Debe existir un bien común en la cooperación entre los Estados.
  • Las relaciones están sujetas a leyes generales del desarrollo de la sociedad.
  • Los Estados tienen el deber de mantener relaciones y mantener desarrollo de la consistencia pacífica.
  • El desarrollo de las relaciones perfecciona las conquistas y los principios del DIP.
  • No tiene órgano centralizado
  • Tiene relatividad de los deberes jurídicos internacionales.

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                                ¿QUÉ SON LOS TRATADOS INTERNACIONALES?



Resultado de imagen para Tratados internacionalesUn tratado internacional es una norma jurídica de naturaleza internacional, vinculante y obligatoria para los Estados que lo suscriben, normalmente escrita por sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre la concurrencia mínima de dos personas jurídicas.






       
      ¿CUÁL ES EL PROCESO DE FORMACIÓN DE UN TRATADO INTERNACIONAL?



  • La negociación es una etapa extra-juridica. No asumen derechos ni obligaciones internacionales.
  • En la adopción, los estados se ponen de acuerdo sobre el proyecto de texto del tratado y en los idiomas.
  • En la autenticación de, los estados acuerdan lo que será el texto definitivo del tratado. Se autentica según el procedimiento establecido en el tratado.












                                                               CONCLUSIONES:



Resultado de imagen para conclusiones
  • El derecho internacional público es distinto e independiente al privado
  • Las normas se establecen mediante el acuerdo de 2 o más Estados.
  • Ayuda a controlar y dirigir la manera en la que los Estados se comporten en relación con los otros.
  • Un tratado internacional logra  que sea  eficaz estructurar un acuerdo. 
  • Cuenta con todo un proceso para realizarlo                                                                            de la mejor manera



                         
                                                                             
                                                                     GRACIAS












EQUIPO VERDE-SICAVERONE-TRATADO INTERNACIONAL




¿QUÉ SON LOS TRATADOS INTERNACIONALES?





T
ratado, convenio, pacto, acuerdo, alianza, protocolo, intercambio de notas y acta final son los términos comúnmente utilizados en diversos casos para designar aquello que constituye, fundamentalmente, una vinculación internacional basada sobre un acuerdo de voluntades entre estados u otros sujetos de derecho internacional que implica, a la vez, obligatoriedad para las partes.




La Convención de Viena sobre Tratados de 1969 define un tratado como un acuerdo internacional entre estados, o entre un estado y una organización internacional, o entre organizaciones internacionales.



                   TRATADOS INTERNACIONALES-VIDEO:




     PROCESO DE FORMACIÓN DE UN TRATADO

































































































                   CONCLUSIONES:


  • Un tratado es una forma eficaz de estructurar un acuerdo. 
  • La palabra 'tratado' tiene un significado legal técnico. 
  • El proceso de formación de un tratado consta de 4 imprescindibles pasos.


                     ***GRACIAS***

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¿QUIÉNES PUEDEN FIRMAR UN TRATADO?


L
a Convención de Viena dispone que el texto de un tratado quedará establecido como auténtico y definitivo, a falta de otro procedimiento especialmente pactado, "mediante la firma, la firma ad referéndum o la rúbrica puesta por los representantes de esos Estados".






Esto quiere decir que sólo los Estados pueden realizar la firma de un tratado, pero también se considerará que representan a su Estado:
  • Los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de relaciones exteriores, para la ejecución de todos los actos relativos a la celebración de un tratado;
  • Los Jefes de misión diplomáticas, para la adopción del texto de un tratado entre el Estado acreditante y el Estado ante el cual se encuentran acreditados;
  • Los representantes acreditados por los Estados ante una conferencia internacional o ante una organización internacional o uno de sus órganos, para la adopción del texto de un tratado en tal conferencia. Organización u órgano.



          ¿UN TRATADO PUEDE ANULARSE?

Sí, y si analizamos la nulidad de los Tratados internacionales tendremos que dividirlas en dos:
  • causas de nulidad absoluta
  • causas de nulidad relativa.







                              

  • Un tratado es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estado y regido por el Derecho Internacional.
  • Su objetivo fue codificar el derecho internacional consuetudinario de los tratados y, además, desarrollarlo progresivamente
  • Las causas de nulidad sólo pueden impugnarse por los motivos establecidos en la Convención de Viena y recurriendo a los procedimientos que ella misma establece.










EQUIPO VERDE-SICAVERONE- DIP


En este post redactaremos definiciones básicas, ejemplos, características y más acerca del derecho internacional público.

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

C
uando nos referimos al derecho internacional público es importante también conocer qué es el derecho internacional. Este tipo de derecho se encuentra formado por un grupo de normas jurídicas de índole internacional que se encarga de regular las leyes que tienen los estados. Todos estos acuerdos y tratados, además de los protocolos forman parte del derecho internacional.



Entonces, ¿Qué es el derecho internacional público?

Es un conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre Estados y Organizaciones Internacionales, para buscar la paz y la cooperación internacional, donde se establecen unos derechos, deberes y sanciones.







SUJETOS DEL DIP




PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS

Las principales características que podemos observar en el derecho internacional público son las siguientes:
  •         Debe de existir un bien común para la cooperación entre los Estados.
  •    Las relaciones se encuentran sujetas a leyes generales que se relacionan con el desarrollo de la sociedad.
  •     Los Estados deben de propiciar relaciones armoniosas y de mantener un desarrollo pacífico.
  •      Deben de existir adecuadas relaciones de índole política que son básicas para la vida de los Estados.
  •   Es igual de independiente que los gobiernos, ya sean estos republicanos o monárquicos.
  •      Es un derecho de coordinación, no tiene órganos centralizados y la responsabilidad es colectiva.
  •        Tiene relatividad de los deberes jurídicos internacionales.



DATO ADICIONAL

En derecho internacional público se pueden crear normas a través de tres mecanismos:

  •    Convenios o tratados internacionales
  •       Costumbre internacional
  •    Principios generales del derecho




PROCESO DE CELEBRACIÓN DEL DPI






DERECHO PÚBLICO INTERNACIONAL - VIDEO


CONCLUSIONES



ª  El derecho internacional público es un ordenamiento que ayuda a controlar la forma en la que los estados se comportan en sus relaciones con otros.
ª  El derecho internacional público es diferente e independiente al derecho internacional privado.
ª  El derecho internacional público regula las relaciones entre sujetos con personalidad jurídica internacional (Estados y Organizaciones Internacionales)
ª  Las normas del derecho internacional público no se establecen por decisión de un solo Estado, sino por acuerdo entre dos o más Estados.


                              ***GRACIAS***







COLOR ANARANJADO







               FASE1



     1. ¿Qué es el derecho internacional público?
                    

                CONCEPTOS:

v  Es el ordenamiento jurídico que tiene como función principal de controlar la forma en la que se comportan todos los Estados y otros sujetos que son de índole internacional. Se encarga de regular las diferentes competencias y los tipos de relaciones que se establecen entre ellos, basándose en algunos aspectos y valores comunes, para de esta manera lograr alcanzar la paz y la cooperación internacionales por medio de normas nacidas de fuentes internacionales específicas. En otras palabras, más sencillas podríamos decir que consiste en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional.


v  Rama del Derecho Internacional que regula las relaciones entre los sujetos que tienen derechos y obligaciones internacionales.


          CONCLUSIÓN:

Al estudiar el derecho internacional público es cuando comprendo por qué los estados libres e independientes hoy día tienen firmar tratados como el de libre comercio (TLC) ya que su función fundamental consiste en mantener las relaciones del grupo social internacional manteniendo así la paz y seguridad internacional también se encarga de adaptar a los estados a las demandas del medio exterior potenciando así el consenso con respecto al bien colectivo, llevándonos así a decir que el derecho internacional público es indispensable para el comercio internacional.


    COMPLEMENTO:


                           





           2.   ¿Cuáles son las características del                        derecho  internacional publica? 

·         Debe de existir un bien común para la cooperación entre los Estados.
·         Las relaciones se encuentran sujetas a leyes generales que se relacionan con el desarrollo de la sociedad.
·         Los Estados deben de propiciar relaciones armoniosas y de mantener un desarrollo pacífico.
·         Deben de existir adecuadas relaciones de índole política que son básicas para la vida de los Estados.
·         Es igual de independiente que los gobiernos, ya sean éstos republicanos o monárquicos.
·         Es un derecho de coordinación, no tiene órganos centralizados y la responsabilidad es colectiva.
·         Existe también una seguridad de índole colectivo, es de carácter dinámico y jurídico.
·         Tiene relatividad de los deberes jurídicos internacionales.


         3.  ¿Qué son los tratados internacionales?




                        CONCEPTOS:


v  Es una norma jurídica de naturaleza internacional, vinculante y obligatoria para los estados que lo suscriben, normalmente escrita por sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre la concurrencia mínima de dos personas jurídicas.

v  SENTIDO AMPLIO: Acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos de DIP celebrado en forma verbal o escrita, destinado a crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica internacional.
v SENTIDO RESTRINGIDO: Acuerdo de voluntades entre dos o más Estados celebrado por escrito destinado a crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica internacional.
 
 
      CONCLUSIÓN:

  Los tratados son convenios internacionales con disposiciones normativas internas de los estados contratantes  cuya interpretación debe ser sujeta a las reglas internas, es por ello que los tratados son los pilares de nuestra sociedad y sin ellos no tendríamos el comercio internacional el cual podría significar un aumento en nuestra economía de manera que ocasionaría una inflación y una fuerte tasa de desempleo mas de lo que ya hay en nuestro gobierno.



1.      4. ¿Cuál es el proceso de formación?

La etapa de formación del tratado supone 3 fases: la negociación, la adopción y la autenticación del tratado.
•La negociación es una etapa extra-jurídica: las Partes no asumen derechos ni obligaciones internacionales. En la negociación existen factores personales (calidades del representante del Estado) y reales (circunstancias del contexto internacional, peso político o económico del Estado, etc.).
•En la adopción, los Estados se ponen de acuerdo sobre el proyecto de texto del Tratado y en los idiomas del mismo.

 •En la autenticación, los Estados acuerdan lo que será el texto definitivo del tratado. Se autentica según procedimiento establecido en el tratado o con firma ad referéndum / rúbrica.

  • Clasificación de los Tratados según el número de partes contratantes

. Tratados bilaterales: Entre dos sujetos internacionales.

. Tratados plurilaterales o multilaterales: Entre más de dos sujetos internacionales.

* Restringidos: abiertos a un número determinado de Estados.


* Generales: con vocación de universalidad.

     COMPLEMENTO:






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¿QUE ES UN TRATADO?

  • Es el cierre o finalizacion de una negociación o disputa, tras haberse debatido y alcanzado acuerdos, la noción de tratado que se  utiliza para nombrar el documento que registra dicha conclusión y en un sentido más amplio al texto o manual sobre un cierto asunto.

  • Es un acuerdo internacional de voluntades o, en otros términos, es un acuerdo celebrado entre sujetos jurídicos del orden internacional.





















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